Abstract:
Debido a la no correlación de derechos de los padres sobre hijos judicialmente reconocidos, contemplado en el artículo 25 del Código Civil, se evidencia una antinomia con la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores en tema de alimentos por su generalidad de obligaciones igualitarias sobre los hijos. Siendo los alimentos un derecho fundamental en la vida de las personas para satisfacción de sus necesidades básicas y en garantía de una vida digna, la exclusión de los Adultos Mayores progenitores con hijos de reconocimiento judicial en poder solicitar alimentos, a diferencia de demás miembros pertenecientes al mismo grupo de atención prioritaria, contrae consecuencias significativas en la salud física y mental del Adulto Mayor y vulnera un conjunto de derechos pertenecientes al buen vivir. Mucha de estas personas adultas mayores, debido a la calidad de vida que poseen, manifiestan su voluntad de solicitar alimentos a sus hijos,
en continuidad, el estado les proporciona las herramientas para solicitar ayuda económica por medio de una demanda de pensión de alimentos, no obstante, el Código Civil, al presentar una desigualdad sobre derechos parento filial con reconocimiento filial, el Adulto Mayor presentará más dificultades respecto al procedimiento sumario en su objetivo de recibir auxilio por parte de sus hijos. Además, se contempló un análisis respecto a las herramientas de solución de antinomias,
proporcionalidad y ponderación, contempladas en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, para identificar la correcta solución de la problemática. Es por esta misma razón que, por medio de entrevistas a Jueces de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia y encuestas dirigidas a Adultos Mayores, se propuso analizar si el artículo del Código Civil ante mencionado realiza una discriminación y exclusión al Adulto Mayor en este tipo de situaciones concretas, y si la falta de correlación de derechos contiene una justificación constitucionalmente valida.