Abstract:
El presente trabajo de investigación se enfoca en la comparación jurídica de las legislaciones de Ecuador, Argentina y España respecto a las regulaciones de los delitos informáticos a través de sus normas penales, y de cómo esto encuadran la conducta del phishing en sus respectivos tipos penales. Dentro de su marco referencial se tuvo en consideración, los antecedentes históricos de cómo surgió el phishing, el origen de esta conducta, de igual manera los tipos de phishing, ya que esta conducta cuenta con varias variantes, la influencia que tuvo el internet a lo largo de los años, la definición del derecho informático, y la defensa que estas proporcionan, considerando, el concepto de delitos informático, de quienes intervienen en el cometimiento de esta conducta, cuál es el bien jurídico y la comparación de la política criminal de cada legislación. El enfoque que se empleo fue el cualitativo, en la cual se busca explorar como los avances tecnológicos y la evolución de sociedad hacen que surjan nuevas conductas delictivas y de cómo los países
atienden estos tipos de delitos, que afectan a la sociedad y que derechos se vulneran con su cometimiento. Por lo tanto, los contenidos que se abarcan dentro de este trabajo se centran en comprender que es un delito informático y de cómo se lleva a cabo dentro del ciberespacio con la finalidad de que estos aspectos sean considerados al momento de que se tipifique un delito informático en sus normas penales. En virtud de lo investigado se concluye que, respecto a las demás legislaciones, Ecuador pese a tener dentro de su código orgánico integral penal una sección específica que tratan los delitos informáticos, tales artículos resultan ineficientes y obsoletos, ya que es difícil lograr encuadrar esta conducta en un tipo penal, debido a la variedad de delitos que se encuentran en el mismo.