Abstract:
Este trabajo analizará el término para presentar pruebas en juicios de alimentos en nuestro país, que se rigen al proceso sumario en la normativa que los regula; el objetivo se centra que, a partir de la promulgación del Código Orgánico General de Procesos, la prueba en éste y todo tipo de juicios civiles, debe incorporarse al momento de presentar la demanda o al
momento que la parte querellada la conteste; sin embargo es importante que, se permita presentar pruebas tal como lo establecía el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia antes de la vigencia del COGEP, pues la situación de empleo o desempleo de un alimentante es variable en tiempos y no debe depender únicamente del momento de presentar una
demanda o de contestarla. Los métodos que se emplearán serán los establecidos como histórico – lógico y método de derecho comparado que servirán para analizar si es oportuno el tiempo establecido únicamente para presentar pruebas en dos instancias del proceso o hasta 48 horas antes de la audiencia única, que la especie establece.