Abstract:
El Estado Ecuatoriano garantiza los derechos de los niños, niñas y adolescentes a percibir una pensión alimenticia. En los juicios de alimentos, la pensión se establece desde la presentación de la demanda, pero a menudo hay demoras en la citación del demandado, lo que impide la realización de audiencias y la fijación de pensiones definitivas. Este trabajo analiza cómo la falta de citación oportuna afecta esos derechos y propone reformar el artículo 55 del COGEP para citar al demandado de manera oportuna. Los resultados de la investigación determinan la pertinencia de establecer un término y una reforma que disponga la citación al alimentante con boleta única de citación, con ayuda de la fuerza pública, con la finalidad de solucionar la acumulación innecesaria de pensiones provisionales y precautelar los derechos de los niños, niñas y adolescentes