Abstract:
La acción de protección vigente en la Constitución de la República del Ecuador constituye un mecanismo de protección y amparo directo y eficaz de los derechos constitucionales, particular que ha resultado una novedad y un ejemplo para la región latinoamericana y para el mundo, a pesar de las críticas e insuficiencias que aún se presentan en su aplicación. La acción de protección, tal como está prevista legalmente, se corresponde con la lógica de un Estado constitucional de derechos, pues se trata de una previsión procesal ágil, efectiva, expedita, sin formalidades, que puede ser establecida por cualquier persona y ante cualquier acción u
omisión violatoria de derechos constitucionales o ante la amenaza de violación de estos derechos, dentro de los cuales se han incluido novedades como el “buen vivir” o los derechos de la naturaleza. Más allá de los cuestionamientos a esta garantía jurisdiccional, continúa siendo una acción ampliamente protectora de los derechos, que requiere ser consolidada en la práctica y defendida por los profesionales del Derecho