Abstract:
A nivel mundial, el divorcio está plenamente admitido e incorporado en la legislación de la mayor parte de los países, con la excepción de algunos cuyas leyes son afines al concepto católico del matrimonio.
El divorcio se puede definir como la disolución del vínculo matrimonial que deja a los cónyuges en la posibilidad de contraer otro matrimonio. También puede ser definido como, el divorcio es la ruptura del vinculo conyugal, pronunciados por tribunales, a solicitud de uno de los esposos (divorcio por causa determinada) o de ambos (divorcio por mutuo consentimiento) resultantes de una acción encaminada a obtener la disolución del matrimonio.
Es decir que el Divorcio es sinónimo de rompimiento absoluto y definitivo del vínculo matrimonial entre los esposos, por la intervención de una autoridad judicial facultada por las leyes.
Cuando el legislador introduce el divorcio en un sistema jurídico, como en nuestro caso, inicialmente, suele tipificar como causas del mismo aquellas situaciones matrimoniales que aparecen en el contexto social como esencialmente conflictivas y esto viene hacer una lógica medida de prudencia jurídica. Los defensores de esta institución jurídica señalan que es un remedio para situaciones difíciles que la vida crea y que no se espero al momento de contraer matrimonio, que es el instrumento capaz de evitar la desintegración familiar, el ejemplo de los hijos.