Resumen:
La Constitución de la República del Ecuador (R. O. N 449, 20 OCT 2008) en el Art. 393.- El Estado garantizará la seguridad humana a través de políticas y acciones integradas, para asegurar la convivencia pacífica de las personas, promover una cultura de paz y prevenir las formas de violencia y discriminación y la comisión de infracciones y delitos. La planificación y aplicación de estas políticas se encargará a órganos especializados en los diferentes niveles de gobierno”. es importante manifestar que los derechos de la población o ciudadanía, deben ser garantizados en su seguridad y derecho al buen vivir según la CR. Art. 14.- “Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay”. Entonces para alcanzar el objetivo de realizar un Diagnóstico Jurídico del Estado Actual de los Pescadores Artesanales, con relación a la sustracción de motores fuera de borda ocurridos en los espacios acuáticos del Puerto de Santa Rosa del Cantón Salinas en el Año 2011, fortaleciendo esta propuesta, en base a la política pública el Plan Nacional de Desarrollo según lo dispuesto en el Art. 280 de la Constitución, inclusive la aplicabilidad a la Política 11.3. que dice: “Impulsar las condiciones productivas necesarias para el logro de la soberanía alimentaria. En el literal a. Fomentar la pesca artesanal mediante programas de asociatividad, apoyo tecnológico y protección de las reservas pesqueras”. El sumario metodológico incluyó: el histórico-lógico, deductivo e inductivo, sistemático, sociológico; y los tipos de investigación: descriptiva, cualitativa, acción de participación mediante encuestas; bibliografía y documental. El estudio comienza con el marco de referencia, urgiendo en el Código Penal debido a que es muy puntual en cuanto a las prohibiciones, delimitando el campo de acción del objeto de conocimiento. En base a la información procesada y sistematizada, sugiriendo Proponer un programa piloto de capacitación que permita la orientación jurídica en materia de derecho y garantías a las personas que dedican a la pesca artesanal al momento que son víctimas de la sustracción de los motores fuera de borda, esto accedería hacer efectivo el respeto a los derechos de los pescadores artesanales tal como lo dispone la Ley.