Resumen:
La responsabilidad del Estado ecuatoriano para prevenir y procesar, por las vías jurídico-administrativas previstas en la ley, con efectividad y oportunidad las violaciones a los derechos de los niños, niñas y adolescentes es decisiva, de modo que ellos y ellas puedan demandar y obtener de las autoridades e instancias públicas y privadas correspondientes, la adopción de medidas urgentes de protección, la investigación de la violación de sus derechos, la suspensión, eliminación y/o rectificación de las conductas que causen violación a los derechos, sanción a los responsables de la violación de los derechos y la reparación integral por los daños causados.
Los mandatos legales contenidos en las diferentes leyes y códigos muchas veces no constituyen instrumentos legales que obliguen a las autoridades y funcionarios públicos a respetar y cumplir con las disposiciones y decisiones definidas en estos casos.
En el Ecuador ha habido una coincidencia de factores que implican una incultura en el cumplimiento de nuestras responsabilidades y obligaciones, como la irresponsabilidad solapada por la impunidad, la pobreza y la falta de plazas de trabajo, incluso una inseguridad jurídica debido a la intromisión en la justicia de agentes externos como la política y el poder corruptor del dinero.
Estos factores ocasionan que se violen derechos contemplados dentro del marco constitucional, siendo los grupos vulnerables los afectados, entre los que se encuentran madres e hijos abandonados.