Resumen:
El derecho de la información ha sido descrito por los estudiosos del tema y la doctrina como un modo especial de manifestación del hombre, que es la comunicación, forma natural de relación, individual o social, que el derecho acota para elevarla a la categoría de relaciones jurídicas; por lo que el derecho de la información deriva del derecho que el hombre tiene de manifestarse con los demás y parte de la necesidad natural de interactuar con el grupo al que pertenece. El derecho de la información ha sido considerado como el conjunto de normas jurídicas que tienen por objeto la tutela, reglamentación y delimitación del derecho a obtener y difundir ideas, opiniones y hechos con carácter de noticiables, es decir, con trascendencia pública; es el conjunto de normas jurídicas aplicables al proceso informativo, lo que incluye entre otros elementos al régimen jurídico de los medios de comunicación, al estatuto profesional de los comunicadores, a los derechos de autor de quienes generan información, etc. El derecho de la información representa la rama del Derecho que comprende el conjunto de normas jurídicas reguladoras de la actividad informativa y de la tutela efectiva del derecho a las libertades de información, en la forma en que se reconocen y quedan constitucionalmente establecidas.