Resumen:
Ecuador ha incrementado una taza de morbilidad y mortalidad por y efecto a los accidentes de tránsito, no obstante, se cuenta con un Código Orgánico Integral Penal con vacíos jurídicos, principalmente la tipicidad de una conducta penalmente reprochable a los que conducen un vehículo con una licencia de tipo diferente al autorizado. El presente trabajo de investigación propone un análisis al artículo 386, numeral 2 del Código Orgánico Integral Penal frente a la laguna normativa que presenta en cuanto a los conductores con licencia de tipo y/o categoría diferente en relación al vehículo que conducen, en el cantón Santa Elena, provincia de Santa Elena, año 2022. El objetivo general propuesto fue Identificar los aspectos que propician la laguna normativa en el artículo 386, inciso 3 N. 2 del COIP mediante un análisis jurídico que determine el nivel de afectación al proceso de sanción para los conductores con licencia de tipo y/o categoría diferente al vehículo que conducen, en el cantón Santa Elena, año 2021. La idea a defender establecida fue La laguna normativa en el artículo 386 N. 2 del COIP incide en los casos de conductores con licencia de tipo y/o categoría diferente en relación al vehículo que conduce, en el cantón Santa Elena, 2021. En cuanto al marco metodológico, se aplicó el diseño cualitativo, y la investigación exploratoria; además se aplicó el método deductivo e inductivo. Entre las técnicas escogidas se aplicó la encuesta a los socios conductores del Sindicato de Choferes de Santa Elena y las entrevistas a los abogados de libre ejercicio de la provincia de Santa Elena. Se realizó un análisis jurídico de laguna normativa, puesto que se hace mención únicamente a la categoría, dejando al tipo de licencia, sin regular o sancionar, de esta manera se vulneran los principios que la carta magna establece en relación a la seguridad jurídica.