Resumen:
El presente trabajo de investigación, busca analizar la tramitación de los juicios de alimentos llevados a cabo por el poder judicial, en donde si bien es cierto, se aplican varios principios del debido proceso, en el que ahondaremos sobre el de la celeridad procesal, que en su esencia, excluye cualquier dilatación derivada de las acciones u omisiones de los administradores de justicia o de cualquiera de las partes procesales; los casos de juicios de alimentos, sirven como una garantía de respeto del interés superior del niño, referente a las necesidades básicas que este precisa para su desarrollo en sociedad y en la actualidad, estas causas son las más vistas dentro del sistema judicial, con lo que es evidente que este, esta propenso a sufrir una sobrecarga procesal.
La Constitución de la República del Ecuador establece que niños, niñas y adolescentes, se encuentran dentro de los grupos de atención prioritaria, con lo cual, se da a entender que no puede producirse ningún tipo de vulneración por parte del propio sistema de justicia encargado de velar por sus derechos, sino más bien, generar alternativas que garanticen el goce de estos, además, se considera viable destacar que la Carta Magna, denominación con la cual también es reconocida la Constitución, jerárquicamente se encuentra en la cúspide de las normas de nuestra jurisdicción, por lo tanto, es muy necesario, que los administradores de justicia, en pro de mejorar la situación legal de niños, niñas y adolescentes, implementen alternativas con las cuales se facilite el goce del derecho reclamado; es decir, que no debe existir la necesidad de incluir dentro del debido proceso de alimentos en los cuales se reclame la manutención, más formalismos de los que realmente se necesitan, a fin de que sean diligencias que comience y terminen en los plazos que establece la normativa pertinente.