Principio de favorabilidad en materia penal respecto a las competencias de la Corte Constitucional del Ecuador: caso 2814- 17-EP/22

dc.contributor.advisorWasbrum Tinoco, Wilfrido
dc.contributor.authorMero Pincay, Angel Jair
dc.contributor.authorSuárez Lavayen, Dave Jeremy
dc.date.accessioned2026-10-22T19:55:39Z
dc.date.available2026-10-22T19:55:39Z
dc.date.issued2026-10-22
dc.description.abstractEl presente trabajo de investigación analiza la configuración jurídica de la actuación de la Corte Constitucional del Ecuador al ordenar de oficio la aplicación del principio de favorabilidad en el caso 2814-17-EP/22, para determinar si dicha intervención constituyó una extralimitación en el marco del derecho penal y constitucional. La problemática surge de la tensión entre la protección de derechos fundamentales y la correcta delimitación de competencias, evidenciada cuando la Corte dispuso oficiosamente la revisión de una pena con base en una resolución posterior más favorable, sin que el accionante haya invocado el principio de favorabilidad. El objetivo general consistió en analizar dicha actuación mediante el estudio dogmático y normativo de las competencias constitucionales, para valorar si constituyó una extralimitación. La justificación radica en la necesidad académica de aportar al desarrollo teórico del derecho constitucional ecuatoriano, específicamente en la intersección entre derecho penal y constitucional. Los principales elementos teóricos incluyen fundamentos del Estado constitucional, el principio de supremacía constitucional, la teoría pura del derecho de Hans Kelsen, los modelos de control constitucional, el principio de favorabilidad en materia penal, las competencias y atribuciones de la Corte Constitucional, la acción extraordinaria de protección, los límites competenciales en materia penal, y la actuación oficiosa de los órganos jurisdiccionales. La metodología se desarrolló con enfoque cualitativo, empleando técnicas de análisis documental, análisis jurisprudencial, análisis normativo y revisión bibliográfica. Como conclusión general, se determina que la Corte Constitucional incurrió en extralimitación de competencias al ordenar oficiosamente la aplicación del principio de favorabilidad y de la resolución 02-2019, contraviniendo el artículo 436 de la Constitución; vulneró el principio de congruencia procesal al resolver algo no planteado por el accionante, el principio de especialidad funcional al invadir competencias penales; y se evidencia la falta de criterios que delimiten el alcance de la actuación oficiosa en materia penal.
dc.identifier.citationMero Pincay, Angel Jair; Suárez Lavayen, Dave Jeremy (2026). Principio de favorabilidad en materia penal respecto a las competencias de la Corte Constitucional del Ecuador: caso 2814- 17-EP/22. La Libertad. UPSE, Matriz. Facultad de Ciencias Sociales y de la Salud. 84p.
dc.identifier.otherUPSE-TDR-2026-054
dc.identifier.urihttps://repositorio.upse.edu.ec/handle/46000/17690
dc.language.isospa
dc.pages84 p.
dc.publisherLa Libertad: Universidad Estatal Península de Santa Elena, 2026
dc.rightsopenAccess
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United Statesen
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/
dc.subjectPRINCIPIO
dc.subjectFAVORABILIDAD
dc.subjectPENAL
dc.subjectCOMPETECIAS
dc.subjectCONSTITUCIONAL
dc.titlePrincipio de favorabilidad en materia penal respecto a las competencias de la Corte Constitucional del Ecuador: caso 2814- 17-EP/22
dc.typebachelorThesis

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