Tratamiento y eficacia de la sucesión procesal en el derecho comparado: casos Ecuador, Argentina y Colombia

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La Libertad: Universidad Estatal Península de Santa Elena, 2026

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El presente artículo profesional tiene como objetivo analizar a la sucesión procesal en la práctica procesal ecuatoriana; orientando el análisis tanto a su tratamiento como a su eficacia. Para ello, el análisis se centró en el estudio del artículo 68.1 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), al igual de aquellos criterios desarrollados en varias sentencias de la Corte Constitucional del Ecuador referentes al cambio o sustitución de las partes procesales iniciales. La metodología de la investigación aplicada tiene un enfoque cualitativo y contempla una revisión doctrinal y normativa, así como un estudio comparado con las normativas procesales de Argentina y Colombia. Entre los resultados se destacó que en la práctica ecuatoriana el reconocimiento de la sucesión procesal es exclusiva para el fallecimiento de alguno de los litigantes, omitiendo las demás causas para la apertura de la sucesión o cambio procesal. Del mismo modo, se pone en evidencia que la comunicación oportuna al juzgador sobre el fallecimiento del litigante o cualquier causa que pueda afectar a la continuidad del proceso es importante para que pueda materializarse de manera efectiva la sucesión procesal, pero a su vez, resulta limitado si es que dicho acto no se lo acompaña con reglas precisas y claras para la notificación, acreditación y comparecencia de los sujetos llamados a suceder y continuar con la titularidad del proceso.

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