Caducidad de las boletas de apremio personal y el ejercicio efectivo del interés superior de niños, niñas y adolescentes, cantón Santa Elena, 2021.

dc.contributor.advisorRobles Riera, Lisette Esperanza
dc.contributor.authorReyes Mora, Gabriela Catalina
dc.contributor.authorMosquera Florencia, Jairo Lorenzo
dc.date.accessioned2023-04-26T19:34:20Z
dc.date.available2023-04-26T19:34:20Z
dc.date.issued2023-04-26
dc.description.abstractEl Presente trabajo de investigación tiene como objeto de estudio el análisis de la aplicación del Art. 139.3 del Código Orgánico General de Procesos, con base a la caducidad de las boletas de apremio personal y la incidencia en los procesos de alimentos ante el principio del interés superior de los niños, niñas y adolescentes del Cantón Santa Elena, 2021. Dentro del articulo jurídico realizado por el tratadista Ab. Miguel Carbonell, quién menciona que la doctrina define al derecho de alimentos como: “La facultad jurídica que tiene una persona denominada acreedor alimentista para exigir a otra, deudor alimentario, lo necesario para vivir” (Carbonell, 2020). Para la comprensión y validación de la idea a defender se aplicaron diferentes métodos como: el método Científico, método Analítico y el método deductivo, mismos que fueron operativizados con técnicas e instrumentos de investigación como las entrevistas y encuestas a los jueces de familia quienes aplican la normativa vigente, departamento del DEVIF quienes son los encargados de ejecutarlas y al colegio de abogados de la península de Santa Elena (CAPSE) quienes son los encargados de solicitarla, estos instrumentos se aplicaron con el fin de obtener información contundente y necesaria para determinar cuáles son los factores que impiden la efectivización de las boletas de apremio personal, incurriendo en una clara vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, esto deja como conclusión que las boletas de apremio personal se debería de otorgar de manera automática sin ningún trámite, evitando así que la parte actora realice nuevamente un trámite engorroso, generando pérdida de tiempo y sobre todo que el menor no tenga de forma prioritaria su desarrollo integral y el ejercicio pleno y eficaz de sus derechos, que se encuentra establecidos en el Art. 44 de la Constitución de la República del Ecuador.es
dc.identifier.citationReyes Mora, Gabriela Catalina; Mosquera Florencia, Jairo Lorenzo (2023). Caducidad de las boletas de apremio personal y el ejercicio efectivo del interés superior de niños, niñas y adolescentes, cantón Santa Elena, 2021. La Libertad. UPSE, Matriz. Facultad de Ciencias Sociales y de la Salud. 80p.es
dc.identifier.otherUPSE-TDR-2023-0051
dc.identifier.urihttps://repositorio.upse.edu.ec/handle/46000/9356
dc.language.isospaes
dc.pages80 p.es
dc.publisherLa Libertad: Universidad Estatal Península de Santa Elena, 2023es
dc.rightsopenAccesses
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 Ecuador*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/ec/*
dc.subjectEFICAZes
dc.subjectEFECTIVIZACIÓNes
dc.subjectBOLETASes
dc.subjectVULNERACIÓNes
dc.subjectINCIDENCIAes
dc.titleCaducidad de las boletas de apremio personal y el ejercicio efectivo del interés superior de niños, niñas y adolescentes, cantón Santa Elena, 2021.es
dc.typebachelorThesises

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