Resumen:
La unión de hecho es una realidad social que ha existido desde tiempos remotos, pero ha sido reconocida legalmente en el Ecuador a partir de la Constitución de 1978. Sin embargo, esta figura ha sufrido varias reformas y modificaciones a lo largo del tiempo, desde su definición hasta sus consecuencias jurídicas. El objetivo de este trabajo investigativo es analizar el artículo 68 de la Constitución de la República del Ecuador vigente, sobre la unión de hecho y el inicio de sus efectos legales, que será interpretado a partir de la revisión de la normativa legal vigente, jurisprudencia y doctrina.